jueves 2 de mayo de 2024

BOLETÍN OFICIAL

Entra en vigencia la nueva Ley de Alquileres luego de ser promulgada por el Ejecutivo

La reforma de la norma había sido aprobada el 11 de octubre en la Cámara de Diputados de la Nación. 

Entra en vigencia la nueva Ley de Alquileres luego de ser promulgada por el Ejecutivo
martes 17 de octubre de 2023

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la nueva Ley de Alquileres que ajustará a sus parámetros los nuevos contratos de locación que se realicen. El paso formal de la promulgación implica que la norma N° 27.737 que días atrás aprobó por mayoría el Congreso de la Nación, entre en vigencia. 

En cuanto a números, la ley se promulgó a través del decreto 533/23 y según el artículo 12, sus disposiciones comienzan a regir "al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial". De esta manera, a partir de este miércoles 18 de octubre la nueva ley de Alquileres se deberá aplicar para los ejercicios fiscales que se realicen en adelante.

La reforma de la Ley de Alquileres había sido aprobada el 11 de octubre en la Cámara de Diputados de la Nación. Anteriormente, en septiembre, la Cámara Alta había recibido el proyecto desde Diputados y le introdujo una serie de modificaciones que, en una nueva sesión de la Cámara Baja, se aprobó tal cual llegó.

El proyecto que tenía la media sanción del Senado obtuvo 128 votos afirmativos, 114 negativos y ninguna abstención. De esta manera, faltaba la reglamentación del Poder Ejecutivo y que se publique en el Boletín Oficial para que entre en vigencia, que fue lo que se dio este martes.

Cabe recordar que la propuesta fue impulsada por Unión por la Patria, la oposición ofreció resistencia y generó intensos debates. Sin embargo, la ley terminó aprobada y promulgada.

 

Los principales cambios de la nueva ley de Alquileres

 

Entre los puntos que se destacan de la nueva normativa que empieza a regir este miércoles, se encuentran que los contratos seguirán teniendo una vigencia mínima de tres años, a modo de respuesta al reclamo de las organizaciones de inquilinos.

Además, los contratos de locación para vivienda serán estipulados en valor único en moneda nacional, por lo que no se podrá cobrar en dólares y las actualizaciones no podrán ser inferiores a seis meses.

En cuanto al mecanismo de actualización del precio de los alquileres deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el Banco Central de la República Argentina.

Por otro lado, entre los beneficios para propietarios, se incluye que los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo.

Por último, las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación.

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