JUDICIALES
Un acusado de abuso sexual de la zona obtuvo una sentencia sin precedentes de prisión efectiva
Un hombre de 25 años fue condenado a 22 años y seis meses de prisión efectiva por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Trenque Lauquen, al considerarlo responsable de tres casos de abuso sexual con acceso carnal, y uno de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, todos ocurridos en viviendas de la ciudad de Salliqueló entre 2019 y 2022.
El acusado se encuentra alojado en la Unidad Penal 20 de Las Tunas y el fallo, emitido por el Dr. Horacio Marcelo Centeno, juez del Tribunal Oral Criminal Nº 1, lo consideró responsable de tres casos de abuso sexual con acceso carnal, y uno de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, efectuados en los meses de enero de 2019, 2020, y 2021, y en febrero de 2022.
Las situaciones de abuso ocurrieron en viviendas de Salliqueló y generaron un fuerte impacto y conmoción en esa localidad, incluyendo marchas en reclamo de justicia, informó el medio Data Trenque. El magistrado sostuvo que la gravedad de los hechos y la pluralidad de víctimas exigían una respuesta penal contundente, no obstante, la defensa interpuesta por los abogados del acusado, pretendieron disminuir su responsabilidad al relacionar su conducta en los hechos referidos con su adicción al alcoholismo y al consumo de estupefacientes, desde edad temprana.

El veredicto descarta que el imputado haya estado en estado de intoxicación que le impidiera comprender la criminalidad de sus actos o dirigir su conducta. Por el contrario, confirma que sabía lo que hacía y era plenamente consciente de que no contaba con el consentimiento de las víctimas. Además, en ninguna ocasión se comprobó que el consumo de drogas alterara su capacidad de discernimiento.
De esta manera, su accionar certifica un patrón de conducta por su modo de operar que denota un actuar metódico y reiterativo, con selección de víctimas en situación de indefensión, durante las madrugadas, mientras dormían, y sabiendo cómo ingresar a los domicilios, más el empleo de la violencia para cumplir con su propósito.
El fallo también señala que, al hallarse las mujeres descansando, les redujo su capacidad de reacción y defensa inicial. La nocturnidad no solo favoreció la sorpresa del agresor, sino que limitó las posibilidades de las víctimas de evitar el ataque desde el comienzo, colocándolas en un estado de indefensión absoluta.
Por su parte, el ahora condenado, reconoció su participación en tres de los hechos denunciados, mientras que el cuarto, que no alcanzó a consumar por la reacción de la mujer y de su madre, pudo corroborarse como los anteriores, por el testimonio de la víctima complementado con otros registros periciales, informes médicos y de testigos, los cuales en conjunto constituyeron un cuadro probatorio.