jueves 2 de mayo de 2024

RECAUDACIÓN

De cuánto será el valor de cada tasa municipal en 2024 según la ordenanza Impositiva

El Concejo Deliberante tratará el proyecto en una próxima sesión.

De cuánto será el valor de cada tasa municipal en 2024 según la ordenanza Impositiva
viernes 29 de diciembre de 2023

La ordenanza Impositiva para el año 2024 ingresó el último miércoles al Concejo Deliberante de Bolívar y prevé, entra otras cosas, un aumento promedio del 190% en algunas tasas municipales.

Los vecinos, comerciantes, productores agropecuarios y grandes empresas del distrito sentirán un incremento moderado en algunos casos y más fuertes en otros al momento de abonar las tasas por diversos servicios que presta la comuna.

En esta nota, te contamos cuánto pasarán a pagar de servicios sanitarios, alumbrado y conservación de la vía pública los y las frentistas que viven tanto en el casco urbano como en las periferias; un comercio pyme en concepto de seguridad e higiene y un propietario de parcelas rurales por el mejorado de la red vial.

 

 

Servicios Sanitarios

 

La ordenanza Impositiva establece tres zonas cuyos frentistas deben abonar una tasa diferenciada por el uso de agua corriente y cloacas. La Zona I contempla el casco urbano de la ciudad y aquellas áreas comprendidas por la prolongación de avenida 25 de Mayo, calle Tehuelches, Chacarita y Salta, sumado a la Ruta Nacional 226.

En tanto, la Zona II nuclea a las viviendas con frente a las avenidas Pedro Vignau, Mariano Unzué, 9 de Julio, Centenario y Juan Manuel de Rosas; así como también todos aquellos hogares ubicados en la Chacra 106. Finamente, la Zona III contempla al resto de las manzanas comprendidas en la denominada Circunscripción II.

A partir de 2024 y de aprobarse la ordenanza, los frentistas pasarán a pagar los siguientes montos por el uso de agua corriente:

  • Zona I: $5.255
  • Zona II: $4.269 
  • Zona III: $2.627

En tanto, por el servicio de desagües cloacales el costo será el siguiente:

  • Zona I: $2.784
  • Zona II: $2.717
  • Zona III: $2.097

Por su parte, los comercios tendrán un adicional del 15% de acuerdo a la zona en la que estén ubicados mientras que restaurantes, embotelladoras, hoteles y lavaderos vehiculares deberán pagar tres veces el importe establecido para la Zona I.

 

Seguir leyendo: Cómo pagar las tasas municipales desde Cuenta DNI

 

Alumbrado y Limpieza de la Vía Pública

 

De acuerdo al artículo 62 de la ordenanza Impositiva, se fija una tasa mensual como retribución del servicio de conservación de la vía pública por metro lineal de frente y por mes:

  • Comercios con frentes a avenidas: $911
  • Comercios e industrias: $502
  • Casas de familia ubicadas en planta urbana de Bolívar, zonas I y II: $452
  • Casas de familia ubicadas en zona III, fuera de planta urbana: $229
  • Casas de familia ubicadas en Zona IV, fuera de planta urbana y en Hale, Paula, Villa Linch, Villa Sanz, Ibarra y Unzué: $93
  • Casas de familia en Urdampilleta y Pirovano ubicadas sobre calles pavimentadas: $316
  • Casas de familia no comprendidas en los incisos anteriores: $229
  • Comercios e Industrias ubicados en Urdampilleta, Pirovano, Hale, Paula, Villa Linch, Villa Sanz, Ibarra y Unzue: $435

 

Seguridad e Higiene

 

La tasa para los comercios es la única cuyo aumento no supera el 100% para el año 2024. Salvo excepciones, como bancos, entidades financieras y empresas de telefonía, el resto de los comercios afrontará un incremento promedio de un 85% en relación al ejercicio económico del año anterior, debiendo abonar el monto de $13.000 por bimestre.

 

 

Mantenimiento de la red vial

 

Quizás la más reclamada por los propietarios de parcelas rurales que consideran que el municipio no realiza una contraprestación adecuada en términos de reparación de caminos de tierra y limpieza de alcantarillas. Es a su vez la más compleja de calcular dado que está sujeta al Índice de Novillo del Mercado Agroganadero (INMAG) y al precio del gasoil premium promediado entre los surtidores de dos estaciones de servicio de Bolívar. Al igual que las tasas vecinales, la Vial también se divide en zonas:

  • Zona I: se abonará por bimestre y por hectárea un valor determinado sobre la suma de 1,046 litros de Gasoil Premium más 0,485 kilogramos de hacienda bobina según figure en el INMAG. 
  • Zona II: se abonará por bimestre y por hectárea un valor determinado sobre la suma de 0,814 lts. de gas oil Premium más, 0.378 kg de hacienda bovina.

Es importante recalcar que el Departamento Ejecutivo estableció que cada cuota que se abone a término tendrá un descuento de hasta el 30% en tanto el contribuyente no registre deuda. Así mismo, quienes realicen el pago anual antes del 31 de enero de 2024 percibirán un descuento del 10% adicional.

 

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