jueves 2 de mayo de 2024

ECONOMÍA

El proyecto sobre devolución del IVA se trató en el senado: cuándo comienza a regir

La iniciativa obtuvo dictamen de mayoría de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

El proyecto sobre devolución del IVA se trató en el senado: cuándo comienza a regir
viernes 20 de octubre de 2023

Luego de ser aprobado por Diputados el proyecto que busca darle status de ley a la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas, obtuvo dictamen de mayoría de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado.

Según se anunció, la medida comenzaría a regir a partir del 1 de enero de 2024, y también se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar las  personas beneficiarias alcanzadas por la ley.

El ministro de Economía, Sergio Massa, envió al Congreso el proyecto que busca el status de ley del programa Compre sin IVA y que se transforme en "un instrumento de política tributaria" de manera "permanente".

La iniciativa se concretó el 18 de septiembre pasado con vigencia hasta fin de año y se enfoca en la devolución del Impuesto al Valor Agregado en las compras de consumo realizadas con tarjeta de débito por hasta $18.800 por mes y por beneficiario, a quienes no excedan un ingreso equivalente a seis haberes mínimos.

Massa señaló que el objetivo es que "si es ley, definitivamente, puedan recibir también la devolución del IVA cuando realizan compras de alimentos, medicamentos, bebidas, carne, verdura, fruta, productos de higiene y productos de higiene del hogar".

El primer artículo establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

También, serán alcanzados por el beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto precisa, además, que "están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo".

Así mismo, se establece que "el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes".


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