jueves 16 de mayo de 2024

COMICIOS

Elecciones generales 2023: ¿Cuánto cobrarán las autoridades de mesa?

El Gobierno tuvo en cuenta la devaluación ocurrida luego de las PASO y definió que se pagará una suma adicional.

Elecciones generales 2023: ¿Cuánto cobrarán las autoridades de mesa?
sábado 14 de octubre de 2023

Como en cada acto eleccionario que tiene lugar en Argentina, la Junta Electoral designa autoridades para cada mesa de votación. En los últimos días se conoció el monto que cobrarán en las elecciones generales del próximo 22 de octubre, cuál es el rol que tendrán durante la jornada y cómo se eligen a las personas para que sean autoridad de mesa.

En los comicios generales del domingo 22 de octubre, en Argentina se elegirá a quienes ocupen los cargos de presidente, vicepresidente, senadores y diputados del Congreso de la Nación. Además, en las provincias que no desdoblaron las elecciones, habrá que votar gobernador, intendente y concejales.

Las y los ciudadanos habilitados en el padrón electoral para votar deberán participar en la elección, ya que la ley establece que el sufragio es obligatorio.

En este sentido, para poder garantizar el desarrollo de los comicios, la Junta Electoral designa a las personas que representan la máxima autoridad durante la jornada en la mesa para la que hayan sido designadas.

 

¿Cuánto cobran las autoridades de mesa en las elecciones generales?

 

El Gobierno tuvo en cuenta la devaluación ocurrida luego de las PASO de agosto pasado y definió que se pagará una suma adicional al monto que percibirán las autoridades de mesa en concepto de viático por desempeñarse en las elecciones generales del 22 de octubre y en un eventual balotaje fijado para el 19 de noviembre.

La medida que se publicó en el Boletín Oficial establece que se otorgarán $7.000 por elección en concepto de viático a los ciudadanos y las ciudadanas que se desempeñen como autoridades de mesa y cumplan efectivamente tal función en las elecciones nacionales y en la eventual segunda vuelta a celebrarse durante el año 2023.

Además, quienes cumplan con la carga pública de encabezar el proceso electoral en las mesas electorales recibirán una asignación adicional de $4.000 por elección. De esta manera, el pago en concepto de viático ascenderá en total a $11.000 por elección.

Los valores se suman a los montos ya fijados que estableció $3.000 por elección por la realización de las actividades de capacitación y $10.000 en concepto de suma adicional en caso de cumplir la función en las tres instancias electorales. Si no se celebrara una segunda vuelta, entonces este último importe adicional será de $7.000.

Según se indicó en un comunicado oficial, el objetivo de la decisión es impulsar una máxima asistencia de autoridades de mesa y “garantizar el normal, ágil y transparente desarrollo de los comicios".

 

El rol de las autoridades de mesa

 

Tanto la o el presidente de mesa como la o el suplente deben estar presentes en el momento de la apertura y clausura del acto electoral y durante su desarrollo. Además, son quienes se encargan de garantizar la realización y certificación del escrutinio.

De acuerdo a la ley, su función es “conducir el funcionamiento de la mesa durante toda la jornada electoral y velar por el correcto y normal desarrollo de la misma”.

El título IV del código 'El acto electoral' describe las responsabilidades de las autoridades de mesa que deberán presentarse en sus centros de votación designados a las 7.45 de la mañana, 15 minutos antes de la apertura de las urnas.

 

Elección de las autoridades de mesa

 

Hay dos maneras de elegir autoridades de mesa. Una se da mediante una selección aleatoria por medios informáticos en la cual se debe tener en cuenta su grado de instrucción y edad. Y otra forma de designación es contemplando a los inscriptos voluntariamente en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa.

Para ser designado como autoridad de mesa, hay que cumplir con los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 3 del Código Nacional Electoral (CNE):

  • Ser elector hábil
  • Tener entre 18 y 70 años
  • Residir en la sección electoral donde se deberá desempeñar
  • Saber leer y escribir
  • No estar afiliado a ningún partido político

La notificación es realizada por telegrama en el domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad. La designación la realiza la Justicia Electoral del distrito correspondiente, con una antelación no menor a 30 días de la fecha de realización de las elecciones.

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