miércoles 24 de abril de 2024

Olavarría

Descubrió que no es el padre de un menor y su ex deberá indemnizarlo con $200.000

El hombre asumió la paternidad en 2002, un estudio de ADN le reveló la verdad y decidió accionar judicialmente.

Descubrió que no es el padre de un menor y su ex deberá indemnizarlo con $200.000
sábado 20 de mayo de 2023

La justicia de Olavarría ordenó a una mujer indemnizar a su expareja por “daño emocional significativo" tras ser demandada por impugnación de filiación. Un estudio de histocompatibilidad reveló al hombre la verdad y decidió accionar judicialmente. Si bien había pedido una suma de 4,6 millones de pesos, finalmente recibirá $200.000.

La pareja mantenía una relación y cuando se enteraron que ella estaba embarazada, en 2022, el hombre asumió su paternidad. A partir de allí decidieron vivir juntos, informó la estación de noticias La Trocha Digital.

Poco después del nacimiento del bebé, la pareja se separó y al tiempo el hombre tuvo dudas sobre su paternidad. Así fue como inició una demanda de impugnación de filiación.

La justicia, en el marco de la causa, ordenó un estudio de ADN y se descubrió que no era el papá del menor. Seguidamente, el hombre alegó daño moral y delito contra el honor, situación que incluso "le habría costado su empleo debido a las frecuentes confrontaciones en su lugar de trabajo", marcó el medio.

Aunque el hombre pidió una suma de 4,6 millones de pesos, la justicia le dio la razón por un monto menor. Su expareja deberá pagarle 200 mil pesos más intereses, por daño extrapatrimonial.

El tribunal consideró que el engaño sostenido hasta la prueba de ADN generó un “daño emocional significativo, afectando la honorabilidad y la dignidad del demandante”.

Los argumentos que expresó el tribunal determinaron que "no caben dudas respecto de la conducta antijurídica llevada a cabo por la demandada, que conforme surge de su relato no hubo ninguna causal de excusación, que de ello puede interpretarse que el ocultamiento de la verdad ha sido doloso, que tal conducta conlleva un ataque a la buena fe y a la confianza incumpliendo el deber de no dañar de origen constitucional".

Así, en orden a los conceptos expuestos y teniendo en cuenta la índole del daño, "la afección indudable a su honor y dignidad, la mentira en la que vivió hasta que se llevó a cabo la prueba de ADN, las implicancias emocionales que se infieren frente a tal engaño, estimo que la suma otorgada por la Sra. Jueza resulta atinada", agregaron sobre la suma de $200.000.

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