viernes 19 de abril de 2024

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El posteo de una bolivarense sobre el etiquetado frontal: "Si un producto tiene sellos, no es saludable"

La norma se aplica de manera obligatoria en los alimentos y bebidas que tengan agregados nutrientes críticos o ingredientes que los contengan.

El posteo de una bolivarense sobre el etiquetado frontal: "Si un producto tiene sellos, no es saludable"
miércoles 29 de marzo de 2023

Micaela Guinea, ingeniera en alimentos, realizó un posteo en su cuenta de Facebook sobre la presencia de sellos negros en productos "light". 

Guinea tituló su publicación "Hemos sido engañados" y detalla información sobre un queso light que en su envoltorio tiene tres octágonos en negro, sellos que se implementaron con la ley de etiquetado frontal.

"Queso light con sellos negros? Pero no es que lo light es saludable? esas son las preguntas que seguramente te hacés, y si no igual te va a servir esta info", comienza el posteo de la bolivarense.
 
La ingeniera en alimentos marcó que "light" según el Código Alimentario Argentino, es un término que "puede aplicarse a cualquier producto que se encuentre reducido en un mínimo del 25% en calorías, carbohidratos, azúcares, grasas totales, grasas saturadas, colesterol y/o sodio, respecto del producto original".
 
El ejemplo que utilizó Guinea para ampliar la definición es que un queso tradicional contiene 24 gramos de grasas totales cada 100 gramos de producto. En tanto, un queso light tiene 17 gramos de grasas totales en la misma cantidad.
 
"Este alimento cumplía con los requisitos para declararlo 'light en grasas', ya que el queso light tiene 29% menos de grasas totales que el producto tradicional. Pero con la nueva ley de etiquetado frontal (que se rige por valores de la Organizacion Panamericana de la Salud) está prohibido el uso de leyendas como 'light' en los casos donde el alimento contenga al menos un octógono negro, para evitar confusiones a los consumidores", compartió Micaela.
 
Con esta información, Guinea llamó a prestar atención ya que "estas marcas nos siguen pintando de verde sus envases pero debemos saber que esos valores de grasas y otros nutrientes siguen siendo muy elevados".
 
Por último, la profesional destacó que "si un producto tiene sellos, no es saludable" y que "la ley de etiquetado sirve".
 
 
 
 
 

 

¿Qué dice la ley de Etiquetado Frontal?

 

El Gobierno nacional aprobó por reglamentación la ley de Promoción de la Alimentación Saludable Nº 27.642, más conocida como ley de Etiquetado Frontal, el 23 de marzo de 2022.

Desde su publicación en el Boletín Oficial, la norma entró formalmente en vigencia y la industria alimentaria comenzó a adecuarse a la nueva normativa. El objetivo es advertir a la población desde los envoltorios, los alimentos con excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.

Particularmente, la norma busca “garantizar el derecho a la salud y a una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible, para promover la toma de decisiones asertivas y activas y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores”.

Según el Ministerio de Salud de la Nación, la ley “alienta a la población a adoptar una alimentación saludable a través de la implementación de un etiquetado frontal de advertencias, que es una herramienta gráfica que permite que los/as consumidores/as cuenten con información más sencilla, clara, precisa, no engañosa y de visibilidad espontánea o fácilmente visible, con el fin de conocer lo que están eligiendo comprar y consumir”.

Además, la norma permite regular la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes, tanto en medios de comunicación masiva como en los envases, así como la promoción y el patrocinio de esos productos.

En ese sentido, la medida de salud pública “permite limitar la oferta de los productos que contengan al menos un sello de advertencia en su envase en instituciones educativas y en las compras públicas de organismos nacionales de Gobierno”.

 

Sellos de advertencia

 

En tanto, los sellos de advertencia son información que se presenta de manera gráfica en la cara principal o frente de los envases de alimentos y bebidas. Deben estar presentes en los productos que contienen exceso de nutrientes críticos como son azúcares, grasas totales, grasas saturadas y sodio, de calorías y/o la presencia tanto de edulcorantes como de cafeína.

La forma de destacar la información con los nutrientes críticos en exceso es rotulando un símbolo octogonal de fondo color negro y borde blanco. En su interior debe leerse el texto “Exceso en”, seguido de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías o sodio, uno por cada nutriente crítico en exceso.

Además, si el producto contiene edulcorantes, el envase debe mostrar debajo de los sellos de advertencia la leyenda “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”. En tanto, si contiene cafeína el envase debe dar a conocer debajo de los sellos de advertencia la leyenda “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.

El etiquetado frontal se aplica de manera obligatoria únicamente a los alimentos y bebidas analcohólicas que se venden envasados y que, durante su proceso de elaboración, hayan agregado nutrientes críticos o ingredientes que los contengan, y que en la composición final las cantidades de estos nutrientes críticos sean iguales o superiores a los límites definidos en la ley. Del mismo modo, aquellos alimentos que contengan edulcorantes y/o cafeína.

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