YA HABÍA PRECEDENTES
La Cooperativa Eléctrica reconoció que el juicio por $380 millones se podría "haber arreglado en $60 millones"
La Cooperativa Eléctrica de Bolívar tuvo un fallo en contra por parte del Tribunal de Trabajo de Olavarría, perteneciente al Departamento Judicial de Azul, a raíz de una demanda laboral iniciada por un ex empleado que reclamó un correcto encuadramiento de su régimen laboral. Previo a esta sentencia, por $380.255.302,025, hubo otros casos similares en los que la empresa perdió.
"El arreglar es totalmente beneficioso para la empresa. A este juicio lo podríamos haber arreglado en 60, 70, 80, 20 o 50 millones de pesos, pero éticamente no corresponde. Nosotros tenemos que esperar que la justicia falle. Lo que por ahí no pensábamos es que el fallo iba a ser así". La declaración, brindada a FM10, corresponde al presidente de la Cooperativa Eléctrica, Jorge Campos y se enmarca en una reciente sentencia contra la empresa por haber encuadrado durante doce años a un trabajador bajo un régimen que, para la Justicia, no era el correcto.
La causa inició a mediados de junio del año 2022 por un total de $15.648.007,06 cuando, patrocinado por el abogado Jaime Sebastián Suñol, un trabajador registrado como oficial de fabricación bajo el convenio colectivo de la construcción, fue despedido de forma indirecta e inició una demanda laboral bajo el argumento de que desde el año 2011 realizaba tareas que excedían el marco normativo de su régimen laboral. Alegó que le correspondía el encuadramento bajo el convenio colectivo de los trabajadores empresas prestatarias del servicio público de electricidad, principal actividad de la cooperativa local.
El proceso judicial finalmente tuvo su desenlace el 1º de diciembre de 2025, cuando la justicia efectivamente falló y sentenció a la cooperativa a pagar la suma de $380.255.302,025, lo que incluye las costas del proceso, capital, intereses, la tasa de justicia y, sobre todo, los honorarios de los abogados de las partes: Suñol por el demandante y Elías Chorén por la Cooperativa Eléctrica de la que es asesor legal. A ambos les corresponde una suma cercana a los $40.000.000 per cápita.
La sentencia, de acuerdo a los testimonios de Campos y Chorén, tomó por sorpresa al Consejo de Administración. Más aún a los asociados, ya que muchos de ellos tomaron conocimiento por una declaración de la senadora y ex ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, en el programa de Mirtha Legrand, quien acompañó la anécdota con una férrea defensa del proyecto de Reforma Laboral que impulsa el gobierno nacional y tiene entre sus pretenciones acabar con lo que denominan "la industria del juicio".
La cooperativa antepuso un recurso de inaplicabilidad de ley objetando el fallo, para lo cual debía depositar ante el tribunal la suma de $343.053.103,8, a fines de que el recurso no sea utilizado como método para dilatar el cobro por parte del trabajador. Sin embargo, el depósito efectivizado fue de $338.921.251,1. Faltaron $4.131.852,7.
La última determinación de la cooperativa, ya con $380 millones menos en sus arcas, fue presentar un recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, que no se sabe cuánto tiempo podría tardar en expedirse, ni cuántas probabilidades hay de que falle en favor de la empresa. Mientras tanto, la ejecución comenzó a correr y además de la suma mencionada el tribunal ordenó el embargo de $164.648.736.017 en una cuenta bancaria que la empresa tiene en el Banco Provincia.
Los últimos dos antecedentes desfavorables
La Cooperativa Eléctrica de Bolívar ya tuvo otras dos sentencias en su contra por casos similares, aunque las cifras a pagar fueron menores.
Una causa inició por la demanda de una empleada que comenzó a trabajar en el servicio de sepelios en septiembre de 2014. Luego, en marzo de 2018, fue reasignada en el sector servicios y de atención al asociado, como responsable, y siguió percibiendo su salario bajo el convenio colectivo de los empleados de comercio, no bajo el 36/75 de los trabajadores de las empresas eléctricas. El tribunal condenó a la empresa el 31 de octubre de 2023 a pagar $7.597.661,34 más honorarios por $1.440.035,18.
Otro juicio fue iniciado por la viuda de un ex empleado, quien falleció a causa del COVID-19 en junio de 2021. Trabajaba desde 1993 bajo el convenio de la industria de la construcción, fabricaba nichos y -según la demanda- también apuntalaba columnas de luz y acudía a emergencias por cortes de energía. El reclamo de su familia fue, entre otros ítems, que se reconozcan los años en los que no estuvo encuadrado bajo el convenio del sindicato de Luz y Fuerza. El tribunal ordenó a la cooperativa pagar la suma de $44.024.904,81 más honorarios.
¿Por qué no arreglar por menos?
En sus declaraciones a FM10, Jorge Campos confirmó que las partes pudieron haber llegado a un acuerdo por menos dinero y reconoció que hubiera sido beneficioso para la empresa. No obstante, consideró que no hubiera sido "ético" y puso su esperanza en manos de la justicia. Tras la sentencia, lamentó: "No pensamos que el fallo iba a ser así".
En 2024, el mismo tribunal declaró válido un acuerdo entre partes rubricado por el Dr. Chorén y el Dr. Suñol, por $40.000.000 más los honorarios. La demanda había sido iniciada por un trabajador que se jubiló de la empresa y luego continuó realizando tareas de jardinería pero sin estar registrado correctamente.