2025-12-16

MIRÁ EL VIDEO

Tiringuntingos invita a elegir luces en lugar de pirotecnia para festejar en las fiestas

La banda bolivarense demostró una vez más su compromiso con la inclusión.

La banda de Bolívar Tiringuntingos publicó la canción ‘Elegí luces, elegí amor’ e incentivó a que en las fiestas de fin de año no se utilicen fuegos artificiales sonoros. “Festejar también es pensar en el otro”, es el lema que sostienen desde la agrupación.

“En estas fiestas no hace falta ruido para celebrar. La pirotecnia asusta, duele y deja afuera a muchos: personas con sensibilidad auditiva, personas neurodivergentes, animales, bebés”, es parte del texto que compartieron desde Tiringuntingos para presentar la canción.

A su vez, la letra de ‘Elegí luces, elegí amor’ da cuenta que “podemos hacerlo distinto, podemos cuidar, podemos elegir luces” y tiene un mensaje directo sobre la celebración: “festejar también es pensar en el otro”. Además, el video animado, es un refuerzo de solidaridad y empatía.

Cabe recordar que, dentro de su compromiso con la inclusión, la banda bolivarense lanzó a principios de diciembre su primer trabajo de autor ‘Canciones inclusivas’, que se realizó íntegramente en Bolívar y se puede escuchar a través de las plataformas digitales. Sin embargo, esta canción no es parte del nuevo álbum y quienes integran el grupo la compartieron en sus redes sociales.

 

 

Uso de pirotecnia en Bolívar: qué dice la ordenanza

 

Desde septiembre de 2024 rige en Bolívar la ordenanza Nº 3005/24 que responde a la Ley Provincial 15.406 y regula el uso y comercialización de la pirotecnia, especialmente la de alto impacto sonoro. El objetivo principal es proteger la salud pública, el bienestar de la población y el medio ambiente.

La normativa, con el fin de minimizar los riesgos asociados a la exposición al ruido intenso y los efectos químicos, prohíbe dentro de la jurisdicción de Bolívar actividades relacionadas con la pirotecnia, entre ellas:

  • Venta y uso de pirotecnia recreativa: Queda prohibida la venta al público, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos de alto impacto sonoro, sin importar sus características específicas.
  • Globos aerostáticos de pirotecnia: También se prohíbe el uso de globos aerostáticos cargados con pirotecnia.

 

Sanciones por infringir la ley

 

Las consecuencias por infracciones a la normativa se dividen por categorías:

  • Para personas particulares: La utilización de pirotecnia de alto impacto sonoro o globos aerostáticos será sancionada con una multa y el decomiso de los materiales. En caso de que el infractor sea un menor de edad, la multa recaerá sobre el adulto responsable.
  • Para comerciantes: Aquellos que vendan artificios pirotécnicos de alto impacto sonoro en forma minorista enfrentarán multas, decomiso de productos y, en algunos casos, el cierre temporal de sus negocios (de 5 a 10 días).
  • Reincidencia: Las sanciones se duplican si el infractor es reincidente.
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