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El posteo de una bolivarense sobre el etiquetado frontal: "Si un producto tiene sellos, no es saludable"
Micaela Guinea, ingeniera en alimentos, realizó un posteo en su cuenta de Facebook sobre la presencia de sellos negros en productos "light".
Guinea tituló su publicación "Hemos sido engañados" y detalla información sobre un queso light que en su envoltorio tiene tres octágonos en negro, sellos que se implementaron con la ley de etiquetado frontal.
¿Qué dice la ley de Etiquetado Frontal?
El Gobierno nacional aprobó por reglamentación la ley de Promoción de la Alimentación Saludable Nº 27.642, más conocida como ley de Etiquetado Frontal, el 23 de marzo de 2022.
Desde su publicación en el Boletín Oficial, la norma entró formalmente en vigencia y la industria alimentaria comenzó a adecuarse a la nueva normativa. El objetivo es advertir a la población desde los envoltorios, los alimentos con excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.
Particularmente, la norma busca “garantizar el derecho a la salud y a una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible, para promover la toma de decisiones asertivas y activas y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores”.
Según el Ministerio de Salud de la Nación, la ley “alienta a la población a adoptar una alimentación saludable a través de la implementación de un etiquetado frontal de advertencias, que es una herramienta gráfica que permite que los/as consumidores/as cuenten con información más sencilla, clara, precisa, no engañosa y de visibilidad espontánea o fácilmente visible, con el fin de conocer lo que están eligiendo comprar y consumir”.
Además, la norma permite regular la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes, tanto en medios de comunicación masiva como en los envases, así como la promoción y el patrocinio de esos productos.
En ese sentido, la medida de salud pública “permite limitar la oferta de los productos que contengan al menos un sello de advertencia en su envase en instituciones educativas y en las compras públicas de organismos nacionales de Gobierno”.
Sellos de advertencia
En tanto, los sellos de advertencia son información que se presenta de manera gráfica en la cara principal o frente de los envases de alimentos y bebidas. Deben estar presentes en los productos que contienen exceso de nutrientes críticos como son azúcares, grasas totales, grasas saturadas y sodio, de calorías y/o la presencia tanto de edulcorantes como de cafeína.
La forma de destacar la información con los nutrientes críticos en exceso es rotulando un símbolo octogonal de fondo color negro y borde blanco. En su interior debe leerse el texto “Exceso en”, seguido de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías o sodio, uno por cada nutriente crítico en exceso.
Además, si el producto contiene edulcorantes, el envase debe mostrar debajo de los sellos de advertencia la leyenda “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”. En tanto, si contiene cafeína el envase debe dar a conocer debajo de los sellos de advertencia la leyenda “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
El etiquetado frontal se aplica de manera obligatoria únicamente a los alimentos y bebidas analcohólicas que se venden envasados y que, durante su proceso de elaboración, hayan agregado nutrientes críticos o ingredientes que los contengan, y que en la composición final las cantidades de estos nutrientes críticos sean iguales o superiores a los límites definidos en la ley. Del mismo modo, aquellos alimentos que contengan edulcorantes y/o cafeína.