2021-07-08

Cómo impacta en Bolívar el nuevo régimen de Zona Fría para los usuarios de gas de garrafa

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó este miércoles la Ley 27.637 que amplía el régimen de zona fría y beneficiará al Partido de Bolívar con descuentos de entre el 30 y el 50 por ciento en los valores de consumo de gas para usuarios residenciales y sectores de la población que perciben ingresos menores a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles, entre otros.

La presente ley impacta de lleno en el bolsillo de la comunidad, dado que se apunta a reducir en un 30% la carga tarifaria para usuarios residenciales y en un 50% para titulares de asignaciones, pensiones no contributivas con ingresos no superiores a cuatro salarios mínimos, monotributistas sociales, jubilados y pensionados, trabajadores en relación de dependencia y monotributistas que reciban menos de cuatro salarios mínimos, usuarios que perciban seguro de desempleo, electrodependientes, empleadas de casas particulares y veteranos de Malvinas, entre otros.

De ese universo se verán beneficiados tanto los usuarios bolivarenses que tienen gas por red como los que compran garrafas. El artículo 7° de la promulgada ley modifica el artículo 75 del anterior régimen e incorpora al Partido de Bolívar, disponiendo del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas para la financiación de:

  • Las compensaciones tarifarias que deberán recibir las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de uso domiciliario por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales.
  • La venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros.

Anexo I de la ley 27.637 de Régimen de Zona Fría

De momento se desconoce cómo se aplicarán los descuentos en las facturas que llegarán a cada hogar, como así también la mecánica para aplicar el beneficio en la compra de garrafas.


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